viernes, 1 de mayo de 2020

1 de Mayo, un doble festejo, un doble recuerdo...

Fechas Especiales

Día Internacional del Trabajo

“Ocho horas para el trabajo, ocho para el sueño y ocho para la casa”, es el lema. Pero nada de eso ocurría a fines del siglo XIX.
Por entonces los empleados en los Estados Unidos tenían que cumplir agotadoras jornadas de 12, 16 y hasta 18 horas. La única limitación que había en algunos Estados era la prohibición de que una persona trabajara 18 horas seguidas sin una causa justificada. La multa por obligar al empleado a esa jornada era de 25 dólares.
El Día Internacional del Trabajador conmemora el 1º de mayo de 1886, fecha que marcó un antes y un después en la historia del movimiento obrero organizado. Aquel día comenzó una huelga en reclamo de la jornada de 8 horas que se extendió hasta el 4 de ese mes, cuando se produjo la Revuelta de Haymarket que terminó con la ejecución de un grupo de sindicalistas anarquistas, bautizados posteriormente como los Mártires de Chicago.


Día de la Constitución de la Nación Argentina


Después de la Revolución de Mayo surgió la necesidad de dictar una Constitución para la Nación Argentina, con la finalidad de constituir la unión nacional, afianzar la justicia y consolidar la paz interior. La reunión inicial se celebró el 31 de mayo de 1852 en la ciudad de San Nicolás de los Arroyos, encuentro que se recuerda como Acuerdo de San Nicolás. Pero el 1º de mayo de 1853 los diputados de las distintas provincias (con excepción de Buenos Aires), reunidos en Santa Fe, sancionaron la Constitución Nacional.
En ese documento se estableció un gobierno representativo, republicano y federal. El federalismo que adoptó fue moderado, ya que reconoció la autonomía de las provincias pero también organizó un poder central. Se estableció un Poder Legislativo bicameral, un Poder Ejecutivo unipersonal, elegido por un colegio electoral y sin posibilidad de reelección, y un Poder Judicial independiente. El catolicismo se reconoció como religión oficial pero se garantizó la libertad de culto. Las constituciones provinciales deberían tener la aprobación del gobierno nacional, y los gobiernos provinciales podrían ser juzgados por el Congreso Nacional, entre otros puntos.

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